Pablo Garrido Sánchez
La
misericordia como principio
El papa Francisco dedica los últimos números de este
capítulo ocho a poner de relieve la
Misericordia divina como principio de actuación en todo el proceso de
acompañamiento, discernimiento e integración de las personas en
situaciones consideradas irregulares.
Tomar en serio la Misericordia divina exige discernimiento, y el discernimiento práctico nos complica la
vida, porque lleva a las fronteras donde no cabe otra cosa que fiarse de DIOS y
demoler las seguridades construidas de modo artificial. Es una falacia proponer
alternativas como justicia o misericordia. La Justicia divina no puede
acercarse a nosotros más que a través de su Misericordia dada nuestra
precariedad y limitación. Y la
Misericordia divina por su perfección y omnipotencia nos hace justos ante DIOS
mismo por pura Gracia. Las acciones que nosotros realizamos que se puedan
catalogar como meritorias pertenecen al orden mismo de la Gracia, y en todo
caso damos gratis lo que gratis hemos recibido (Cf. Mt 10,8 ). La vara
para medir sólo DIOS la tiene; la balanza para juzgar está en las manos de
DIOS; y las condenas resolutorias
pertenecen a la máxima soberanía divina (Cf. Lc 6,37 ). JESÚS no despreció
la Ley contenida en el Antiguo Testamento, pero la relativizó al bien del
hombre mismo: “El sábado está hecho para el hombre, y no el hombre para el
sábado” (Mc. 2,27).
Primera
y segunda generación cristiana
La doctrina de san Pablo sobre el matrimonio,
perteneciente a la primera generación cristiana, contempla el divorcio en
atención a los impedimentos para vivir la Fe por parte del cónyuge creyente (Cf.
1Cor 7,15) San Pablo sabía del mandato
del SEÑOR en cuanto a la indisolubilidad del vínculo matrimonial (Cf. 1Cor 7,
10). Entramos en este caso en una situación en que ha de aplicarse la
gradualidad en el cumplimiento de la norma o de la ley prescrita (Catecismo de
la Iglesia Catolica,n.1735 y 2352). El principio está dado, el SEÑOR lo dejó
establecido, pero existen casos en que el propio principio no es posible
mantenerlo en orden a un bien mayor.
El evangelio de san Mateo se escribe entrada la
segunda generación cristiana, allá por el año ochenta, y recoge la práctica
habida en las comunidades mateanas que enmarcan el ámbito en el que se va a
escribir este evangelio. Las palabras del SEÑOR sobre la indisolubilidad del
matrimonio eran conocidas por estas comunidades, pero como las comunidades
evangelizadas por san Pablo establecieron excepciones a la norma o principio,
que venía de los orígenes y que elevó a vínculo indisoluble el propio JESÚS: Lo
que DIOS ha unido, que no lo separe el hombre (Mt 19,6). Para los exégetas actuales la excepción a
la permanencia del vínculo matrimonial una vez establecido radica en el propio
adulterio que establece una traición al compromiso adquirido ante DIOS en la
unión matrimonial. La Ley judía podía llegar a la lapidación de la mujer,
si esta era la parte culpable, y en cualquier caso el marido tenía la
obligación de darle el acta de divorcio. Por tanto, es lógico que las primeras
comunidades recogiesen la salvedad del adulterio para considerar disuelto
el vínculo. Otra cosa distinta era la
separación o divorcio “por cualquier causa” (Mt, 19,3). Cualquier causa”
abarcaba desde cualquier nimiedad, como un grano en la mujer en una zona del
cuerpo que al marido no le gustase; otras cosas más importantes como aspectos
del carácter que hiciesen inconveniente la convivencia. El divorcio era y es una institución recogida dentro del Pentateuco y
JESÚS la supera, pero las primeras comunidades entienden que puede haber
excepciones al propio principio establecido por JESÚS. La discusión exegética
entre el texto del evangelio de Marcos (Mc, 10,9), y el evangelio de Mateo que establece el caso de
adulterio para conceder el divorcio, supone un criterio a tener en cuenta para
entender la posición de la Iglesia Católica con respecto a esta cuestión
capital de la convivencia humana.
Las dos excepciones consideradas, la de san Pablo y la
de san Mateo, nos dispone de nuevo a considerar
la validez normativa de un principio moral y espiritual, y la gradualidad en el
cumplimiento del mismo. El papa Francisco quiere disponernos a la difícil
tarea del discernimiento que afecta a uno mismo y que debe tener en cuenta las
situaciones ajenas. La escala de grises es grande, pero no puede convertirse en la puerta de entrada
al relativismo moral, por lo que desde el principio hasta el final todo el
proceso de discernimiento tiene que estar presidido por una conciencia clara y
creciente de la Misericordia divina, que hace posible que la Justicia divina sea
justa para los hombres. Una justicia humana o divina sin la presencia de la
Misericordia se convierte en la más flagrante de las injusticias. Una justicia,
que no tenga en cuenta las circunstancias y los condicionamientos humanos,
tanto internos y personales como
sociales, deriva en una condena sin paliativos en la mayoría de los casos. Una
justicia sin Misericordia, ¿es una justicia realista? Una justicia sin
misericordia, ¿juzga a la persona en su integridad y misterio, o lo hace
parcialmente? DIOS, ¿puede prescindir de su Misericordia para juzgar? Decimos:
Dios es Santo y es perfecto, ¿lo es por su Justicia o por su Misericordia? DIOS
es Justo y Santo e incompatible con el pecado, pero es capaz de santificar y
justificar al pecador, manifestando así su omnipotencia. En este punto se
encuentra la fuente regeneradora que emana de la Cruz de JESÚS. No existe pecado que en la Cruz de JESÚS no haya quedado destruido y no
hay situación que no pueda ser restablecida desde la omnipotencia encerrada en
la máxima debilidad humana del CRUCIFICADO. Ninguna jerarquía eclesiástica
o cristiano de a pie se debería apartar de este
principio redentor para resolver, desde ahí, todas las situaciones
humanas que estando tan desfiguradas ya no parecen humanas como reza el salmo
veintiuno y el cuarto cántico del Siervo de YAHVEH (Slm 21,; Is 53,2).
La gradualidad en la culpa y la gradualidad en la
Gracia
El papa Francisco en
repetidas ocasiones manifestó que la recepción de la Eucaristía no es un premio
que recibimos por ser buenos. Esta gran verdad no la tenemos bien asumida los que participamos en la
santa Misa y comulgamos con frecuencia. Está muy bien que se nos recomiende
encarecidamente que debemos estar en gracia de DIOS para acercarnos a comulgar;
y es en ese punto donde puede estar el nudo del
problema. ¿Quién determina el que
está en gracia de DIOS? ¿qué entendemos por estar en gracia de DIOS? ¿Es un
estado de perfección ética el estar en gracia de DIOS? Podría alguien concluir:
Está en gracia de DIOS el que no comente pecado. Y parecería que la
proposición anterior es absolutamente correcta, pero todavía cabe alguna
salvedad: primero, que aquel que en absoluto no comete pecado ya está en el
cielo; segundo, que nadie en este mundo está privado del pecado más o menos
grave. Esto último lo rezamos en el
padrenuestro y nos lo recuerda san Juan en su primera carta (1Jn, 1,8-10). En
el padrenuestro rezamos cada día pidiendo el pan y el perdón; y salvo que lo
hagamos de manera superficial o hipócritamente, debemos ser conscientes de
nuestro pecado diario, que DIOS ha de perdonar diariamente para mantenernos en
su divina Presencia. Ante este panorama tenemos que seguir preguntando, ¿quién está en Gracia de DIOS? Pues, todo
aquel que desea tener una relación con ÉL, ya que el mismo deseo establece la
relación. O, más aún, el deseo de establecer la relación ya indica que
DIOS mismo está en íntima relación con
esa persona.
Dados los hechos anteriores en la fase sinodal, previa
a este documento, algunos padres quisieron establecer dos modalidades: que los
matrimonios divorciados y vueltos a casar al participar en la santa Misa realicen una comunión espiritual, pero
no se acerquen a recibir el sacramento, a lo que otros respondieron que si
mediante esa comunión espiritual se establecía un estado de gracia de DIOS,
¿qué impedía la recepción del mismo sacramento? Los que se pronunciaron de esta
manera estaban considerando que el estado de gracia no es algo fácilmente
determinable por nadie, y que la
Eucaristía no es un premio, sino el alimento de los más débiles y necesitados.
¿Pasa algo cuando comulgamos? Claro que sí; lo que pasa es que JESÚS viene a
establecer una relación profundamente restauradora en la persona a todos los
niveles. El más necesitado va a ser consciente de la entrada sacramental de
JESÚS en su vida. El papa Francisco advierte en este capítulo ocho: No hay
pecado que pueda ser imputado toda la vida. Atendamos bien: alguien ha
vulnerado el vínculo matrimonial una vez recibido válidamente, ¿puede ser
perdonado de este pecado? Cuando se afirma: los divorciados y vueltos a casar
no están excomulgados y hay que hacérselo saber; ¿podemos decirles al mismo
tiempo que están en adulterio permanente, si mantienen las relaciones propias
de un matrimonio que ha de permanecer en amor y fidelidad? En algún momento de las vidas de estas personas la Iglesia debe
reconocer que las obligaciones para con el matrimonio anterior han concluido y
que la responsabilidad moral de los afectados está resuelta.
Dos
episodios del Nuevo Testamento
El primero de ellos nos lleva al encuentro de JESÚS con la Samaritana. Conviene leer el texto (Jn 4,
ss), y extraer lo que al tema presente interesa. Se produce el encuentro entre
JESÚS y la Samaritana y observamos que es directamente intencionado por parte
de JESÚS, conocedor de las circunstancias actuantes en la vida de aquella
mujer. No olvidemos que el evangelista san Juan muestra a JESÚS capaz de
reconocer lo íntimo del corazón del hombre (Cf Jn 2,23). JESÚS puede entrar en el mundo personal de la Samaritana sin violentar
su libertad, y dialoga con ella hasta que el corazón de esta mujer acepta el
don del ESPÍRITU SANTO, mostrando su
presencia y acción en el impulso evangelizador manifestado en ella(Cf Jn
4,28-29). ¿Juzgaríamos, en un principio, a la Samaritana capaz de recibir el
don del ESPÍRITU SANTO cuando su estado en aquel momento era manifiestamente
irregular? JESÚS se lo declara: has estado casada cinco veces, y el hombre
con el que ahora convives no es tu marido (Cf Jn 4,17 )Por tanto en este
encuentro aparece una situación que nosotros calificaríamos irregular, en la
que JESÚS, EL SALVADOR, es capaz de actuar, rehabilitar y convertir.
El otro caso nos lleva al libro de los Hechos de los Apóstoles, cuando Pedro es mandado por el Ángel del SEÑOR a casa del centurión
Cornelio (Hch 10,34-48). El texto describe un escenario familiar, en el que
hay un deseo de recibir el bautismo como puerta
de entrada a la comunidad cristiana. Pedro inicia su anuncio y comienza
a hablar de JESÚS de Nazaret, ungido por DIOS con la fuerza del ESPÍRITU, que
pasó haciendo el bien, curando y liberando a todos los oprimidos por el diablo.
Ajusticiado y crucificado, DIOS lo
resucitó de entre los muertos. La síntesis del libro de los Hechos sin duda
corresponde a un discurso más amplio y detallado; pero lo importante es lo que
sucede mientras Pedro está hablando a esta familia: el ESPÍRITU SANTO viene sobre los presentes y comienzan a profetizar y
a alabar a DIOS en lenguas. Pedro, entonces, declara: ¿Podemos negar el bautismo
a los que el ESPÍRITU ha ungido igual que a nosotros? Esta última
afirmación es capital para el tema que nos ocupa.
Veamos, pues: La Samaritana
manifiesta la presencia del ESPÍRITU SANTO en la prontitud con la que se
dispone al anuncio de JESÚS entre sus vecinos (Cf Jn 4, 28-29); y Cornelio y su familia prorrumpen en un
tipo de evangelización kerigmática acompañada de dones carismáticos, don de
lenguas y profecía (Cf Hch 10,45-46) . Hagamos el paralelismo: ¿Se puede
negar los sacramentos de la Reconciliación y de la Eucaristía a unos padres que
desean evangelizar a sus hijos, aunque provengan de uniones canónicas
anteriores? ¿Presentan los que así proceden, nos referimos a los padres, signos
claros de la presencia de la Gracia en sus corazones? ¿Acepta el SEÑOR JESÚS a
su mesa al que dentro de su imperfección desea sinceramente unirse a ÉL, ser
sanado y rehabilitado? ¿Degradó JESÚS su Mensaje aceptando el encuentro y la
comunión con los más alejados de la sociedad de su tiempo; o expresó, de esa forma,
lo inagotable de su Misericordia?
Necesitamos en
nuestra Iglesia personas dotadas de los dones de entendimiento, sabiduría y
ciencia, para que realicen discernimientos prudentes que pongan en activo los
recursos de la REDENCIÓN. Entendimiento o conocimiento para saber de DIOS algo en su Misterio; sabiduría para entender los entresijos de la Providencia
divina en medio de las circunstancias humanas; y un poco de ciencia
teológica asistida por la unción del
ESPÍRITU que les permita dar razón de lo que la Iglesia puede hacer en el momento presente.
Al comienzo de estas líneas advertíamos que la admisión de los divorciados vueltos a casar y
su participación en los sacramentos no era
un asunto del todo nuevo, pues san Juan Pablo II, en la exhortación
“Familiaris consortio”, habló de ello, y dejaba una puerta abierta con la
condición de que ambos cónyuges renunciasen al mantenimiento de las relaciones
íntimas. El comentario de esta condición y disposición da para otro artículo,
con lo que dejaremos el asunto para mejor ocasión.
Para terminar
Este capítulo ocho de “La alegría del amor” recoge
también la atención debida a esos otros escenarios familiares en los que puede
haber causas para la nulidad matrimonial de los cónyuges unidos en nuevo matrimonio
civil o unión de hecho. El itinerario es distinto con los que permanecen en
unión de hecho y se les puede acompañar al descubrimiento de los beneficios
espirituales del Sacramento del Matrimonio. Las situaciones problemáticas no
impiden en lo más mínimo el avance y crecimiento en la vida cristiana. Todos
debemos creer que DIOS puede mejorar y cambiar las vidas de las personas más
necesitadas.
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